lunes, 26 de noviembre de 2012

TIPS PARA INVENTARIOS DE FIN DE AÑO

Contador Público: Mario Ernesto Castillo Guzmán
San Salvador – El Salvador – Centroamérica
En esta ocasión abordaré un tema de suma importancia para los contadores, auditores y empresarios como lo son los “inventarios”, los cuales algunos autores los consideran como el corazón de la empresa, debido a que en la mayoría de éstas se compran y comercializan ya sea en la misma forma en que se reciben o se les hace una transformación para obtener un nuevo producto. Tomando en cuenta que estamos próximos a finalizar el año 2012, he considerado conveniente dar unos “Tips” básicos para que el inventario físico que efectúen en diciembre de 2012, pueda ser realizado de la mejor forme posible, ya que de su resultado depende en gran medida la ganancia o pérdida que hayan obtenido sus empresas en este año.
El hacer un buen inventario no garantiza perse que la empresa obtendrá una ganancia, sino que esta depende de muchos factores y uno de ellos obviamente es el buen control que se tenga sobre los inventarios, el cual se traduce o plasma en cifras razonables sobre las existencias de mercadería, materias primas, etc., que utilice la empresa.
Por regla general las empresas que son consideradas grandes tienen un mejor control sobre sus inventarios, sin embargo hay excepciones en donde no es del todo cierto esta premisa. Independientemente del tamaño de la empresa, lo cierto es que todo empresario tiene que darle importancia al control de sus inventarios, no solo al fin de cada año sino que durante los 365 días del año, ya que como hemos dicho éstos son el corazón de sus empresas.
Estamos a 36 días de finalizar el año 2012, por lo que aquí van los “tips” mínimos que sugiero tomar en cuenta para obtener un mejor resultado del inventario físico del año que está por terminar:
1. Hay que empezar a ordenar, rotular y empacar los inventarios que tengan poco movimiento;
2. Se debe planificar las compras del mes de diciembre, de acuerdo a las tendencias históricas que se tengan sobre su comportamiento, a fin de evitar comprar excesivamente inventarios que no se necesitan;
3. Hay que definir hasta que fecha del mes de diciembre se recibirán las compras, a fin de permitir ordenar apropiadamente las existencias;
4. Debemos estar pendientes que todos los documentos relacionados con los inventarios, se hayan procesado antes de efectuar el inventarios (entrada a bodega, ventas, salidas de bodega, notas de remisión, etc.), esto permitirá por lo menos a nivel de documentos, que toda la información se haya procesado a fin de minimizar las variaciones de inventarios;
5. Es recomendable hacer una selección de las personas que participaran en el levantamiento de los inventarios, preferentemente hay que seleccionar empleados que conozcan los inventarios para que ellos sean los que cuenten, y otros empleados sean los que anoten (éstos últimos no deben ser los encargados de la custodia de los inventarios);
6. Hay que definir quién será el coordinador del inventario, las fechas en que se llevara a cabo, horas de inicio, horas de receso, horas de finalización, grupos de conteo, forma de conteo, recolección de los conteos, consolidación de conteos, herramientas a utilizar en el inventario, por ejemplo escaleras, montacargas, basculas, etc.
7. Todos los aspectos que se han considerado para el inventario físico deben dejarse plasmado por medio de un memorándum, que es recomendable enviárselo a los auditores de la empresa.
8. Hay empresas que deciden no cerrar sus instalaciones al público, el mismo día que se realizaran los inventarios, lo cual realmente complica hacerlos eficientemente, existiendo un porcentaje importante de cometer algún error.
9. En el desarrollo del inventario se pueden dar una serie de contratiempos que debe solventar de la mejor forma el encargado del inventario, a fin de garantizar una confiabilidad razonable de los mismos.
10. No existen recetas mágicas para asegurar la confiabilidad de los inventarios, pero lo que sí es cierto es que al planificarlo, se reduce el nivel de error, pero nunca lo elimina.
Estas recomendaciones están dirigidas a la empresa en sí, los auditores tenemos otros criterios que aplicamos en la presencia de los inventarios, es decir nos mantenemos al margen de participar como miembros activos de los grupos de conteo, sino que en base a nuestra experiencia profesional seleccionamos algunos ítems del inventario para hacer un conteo especifico que nos sirve para validar la efectividad del procedimiento de los conteos que han realizado los diferentes grupos del personal de la empresa; asimismo evaluamos integralmente la forma en que se ha organizado y desarrollado el inventario a fin de formarnos una opinión profesional sobre la confiabilidad, de algunos rubros que son importantes y trascendentales de los estados financieros de nuestros clientes, como por ejemplo: los inventarios y el costo de venta.

lunes, 19 de noviembre de 2012

DONACIONES - SU EFECTO TRIBUTARIO

Contador Público: Mario Ernesto Castillo Guzmán
San Salvador – El Salvador – Centroamérica
Es frecuente escuchar que una persona dono “x” cantidad de dinero a una institución sin fines de lucro, a entidades estatales e incluso a partidos políticos, posiblemente por causas altruistas, de sensibilidad social, etc., por lo que en esta ocasión abordare el efecto tributario de esas donaciones, siendo necesario para su análisis dar lectura al Art. 32, numeral 4) de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (en adelante ley de ISR):
“Erogaciones con fines sociales
Art. 32.- Son deducibles de la renta obtenida, las erogaciones efectuadas por el contribuyente con los fines siguientes:
4) Las donaciones a las entidades a que se refiere el artículo 6 de esta ley, hasta un límite máximo del veinte por ciento del valor resultante de restar a la renta neta del donante en el periodo o ejercicio de imposición respectivo, el valor de la donación.
En las donaciones de servicios o en especie el valor sujeto a deducción en concepto de donación será el costo de los bienes o de los servicios objeto de donación en que haya incurrido el donante. En el caso de bienes que hayan sido objeto de depreciación será deducible el costo menos la depreciación deducida.
En todo caso, las donaciones deberán ser gratuitas y de carácter irrevocable.
Para que proceda la deducción de las donaciones efectuadas a las Fundaciones y Corporaciones de Utilidad Pública, además de los requisitos que esta ley señala para esos efectos se requerirá siempre, que la institución donataria se encuentre calificada por la Administración Tributaria como sujeto excluido de la obligación tributaria sustantiva a que se refiere el artículo 6 de esta ley, con antelación a la donación.
No serán deducibles de la renta obtenida las donaciones que se efectúen a entidades que beneficien directa o indirectamente al donante, a la familia de éste hasta el cuarto grado de consanguinidad o cónyuge, compañero o compañera de vida. Si el donante es una persona jurídica, la referida deducción no será aplicable cuando los beneficiados sean los socios o accionistas, directivos, representante legal, apoderado, asesores, los familiares de cualquiera de ellos hasta el cuarto grado de consanguinidad, el cónyuge, compañero o compañera de vida.
La Administración Tributaria asignará y autorizará las numeraciones de los documentos en los que se respalden las donaciones. Para ese efecto las entidades donatarias deberán solicitar a la Administración Tributaria la autorización respectiva. “(2)(14)
Comentarios:
En el pasado algunos contribuyeron aprovechando la falta de claridad en cuanto a los requisitos para ser deducible las donaciones, invocaron la figura de la elusión fiscal, anexando como justificantes de ese gasto, recibos simples con sello de partidos políticos, y ONG que eran partes relacionadas de los mismos sujetos pasivos que daban las donaciones por cantidades importantes, las cuales eran deducibles en un 100%.
En el año 2004 se aprobaron reformas a la ley para minimizar la elusión fiscal, y es así como ahora en el Art. 32, numeral 4) de la Ley de ISR, se regula de una manera puntual los requisitos que deben cumplir las donaciones para que sean deducibles, por ejemplo: se debe solicitar al MH autorización de numeración para los comprobantes de donación, las entidades que emitan comprobantes de donación deben informarlo al MH en el mismo mes de emisión de la donación, se fija un porcentaje máximo deducible para las donaciones, etc.
Me voy a referir al porcentaje máximo que la ley de ISR acepta como donación, lo cual ha afectado de alguna forma a todas las personas que están dispuestas a ayudar a entidades sin fines de lucro e instituciones estatales, ya que más de alguna persona se ha abstenido de seguir contribuyendo con estas entidades, porque el MH no se las acepta como deducibles para efectos del ISR, lo cual lo veo negativo porque a través de estas donaciones muchas personas de la clases más necesitadas de nuestro país se han visto beneficiadas, principalmente en estos momentos que las arcas del Estado están escazas para satisfacer las necesidades de las personas más humildes.
Estoy consciente que siempre habrá algún contribuyente que pueda abusar de la figura de donación, sin embargo en mi opinión perfectamente se pudo haber dejado un mecanismo para que el MH pudiera comprobar que realmente el contribuyente haya efectuado la donación, sin beneficiar a entidades relacionadas, a sus accionistas, empleados, etc.
Conozco un caso donde una persona quería ayudar a una escuela del Estado para repararla, pero no le daban el comprobante de donación que actualmente contempla la ley de ISR, por lo que el Director de esa escuela se los consultó al MINED, quienes le dijeron que lo que podían darle al donante era una acta de recepción de la donación, pero ese documento desafortunadamente no es el que exige el Art. 32 de la ley de ISR; luego hice las averiguaciones en el MH, y un supervisor de auditoría me orientó que las entidades del Estado perfectamente pueden pedirle al MH que les autoricen numeración de comprobantes de donación, para darselos a las personas que les entreguen donaciones ya sea en efectivo o especie, y ese documento perfectamente será aceptado por las autoridades fiscales.
Este mismo desconocimiento de la ley se da en muchas Alcaldías Municipales, quienes a pesar de no ser contribuyentes, perfectamente pueden pedir al MH que les autoricen numeración para expedir los comprobantes de donaciones, ya que hay personas que en ocasiones les dan donaciones principalmente en especie para casos como por ejemplo: reparación de calles, construcción de parques, proyectos de agua, electrificación rural, etc.
¿Qué pasa si un contribuyente justifica una donación que efectuó por medio de un documento que no sea el comprobante de donación? R/ no seria deducible del ISR, igual tratamiento se le daría a las donaciones que la entidad que las recibió no la informó al MH en el mes de emisión del comprobante de donación.

lunes, 12 de noviembre de 2012

¿QUIEN PAGA LAS INCAPACIDADES POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD DE TRABAJO?

Contador Público: Mario Ernesto Castillo Guzmán
San Salvador – El Salvador - Centroamérica

Una de las realidades a la cual se encuentran sujetos los trabajadores es la contingencia de sufrir un accidente o enfermedad de trabajo, y ante tal situación en la mayoría de los países se cuentan con sistemas de seguridad social, que en el caso de El Salvador está a cargo principalmente del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (en adelante el ISSS), sin embargo en el área gubernamental existen otras instituciones que brindan servicios similares, por ejemplo Bienestar Magisterial, entidad gubernamental que atiende a los empleados públicos del sector docente.

El contar con esta clase de protección a favor de los trabajadores se remonta al año 1883 en donde el canciller alemán Otto Van Bismarck, bajo el gobierno de Guillermo II, implementa la seguridad social en ese país, la cual rápidamente se extiende por toda Europa, y posteriormente en Latinoamérica los países van adoptando un sistema de seguridad social, y es así como en nuestro país en el año de 1948 se crea el ISSS en la época llamada de oro en El Salvador empezando a dar servicios médicos hasta en el año de 1954 durante la Administración del Presidente Osorio.

Desde esa época hasta estos momentos se han dado una serie de cambios en la ley del ISSS, sin embargo uno de los problemas prácticos que no ha quedado resuelto es que ante incapacidades que se le dan al trabajador por accidente o enfermedad, esta entidad le responde o entrega un subsidio al trabajador a partir del  cuarto día, por ejemplo si un trabajador sufre un accidente de trabajo, y va a un establecimiento del ISSS y el doctor le extiende una incapacidad por 20 días, el ISSS únicamente le da un subsidio por 17 días, generándose la duda ¿Quién paga los primeros tres primeros días de incapacidad?, R/ las autoridades del ISSS se basan en el Art. 24 del Reglamento para la Aplicación del Régimen del Seguro Social, por lo que esta entidad le responde económicamente al trabajador a partir del cuarto día, por lo que para responder esta pregunta tenemos que leer el Art. 50 de nuestra Constitución, el cual literalmente dice:

“Art. 50.- La seguridad social constituye un servicio público de carácter obligatorio. La ley regulará sus alcances, extensión y forma.
Dicho servicio será prestado por una o varias instituciones, las que deberán guardar entre sí la adecuada coordinación para asegurar una buena política de protección social, en forma especializada y con óptima utilización de los recursos.
Al pago de la seguridad social contribuirán los patronos, los trabajadores y el Estado en la forma y cuantía que determine la ley.
El Estado y los patronos quedarán excluidos de las obligaciones que les imponen las leyes en favor de los trabajadores, en la medida en que sean cubiertas por el Seguro Social.”

El último inciso del Art. 50 de la Cn, nos da una orientación de quienes deben responder por los tres primeros días de incapacidad que no cubre el ISSS, recayendo tal responsabilidad en el Estado y los Patronos, sin embargo en la práctica son muy raros los patrones que le reconocen al trabajador esos tres días, ya que al no pagarlos el ISSS automáticamente el patrono asume tal responsabilidad según nuestra Constitución.

En El Salvador se dan casos en que los empleadores no inscriben a sus trabajadores en el ISSS a pesar que la ley los obliga a ello, y ante una enfermedad o accidente de trabajo ¿Qué clase de responsabilidad tienen los empleadores?, R/ al respecto se puede comentar que en este caso se les aplica todas las disposiciones del Libro Tercero PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL del Código de Trabajo, que van desde el Art. 307 al 368, es decir que el hecho que no los haya inscrito en el ISSS, no lo exonera de las obligaciones que se encuentran en el Código de Trabajo. Muy a parte se encuentra la multa que se hace acreedor el patrono por no haber inscrito al ISSS a sus trabajadores.

lunes, 5 de noviembre de 2012

¿ES NECESARIO AGREMIARSE?

Contador Público: Mario Ernesto Castillo Guzmán
San Salvador – El Salvador – Centroamérica

La profesión de contador y de auditor en las últimas tres décadas han experimentado un crecimiento tanto en cantidad de personas que las ejercemos como en el aspecto técnico, sin embargo somos pocos los que estamos agremiados, generándose con ello un estancamiento dentro de la sociedad, ¿Por qué el gremio de contadores y auditores no logra una mejor posesión dentro de la sociedad?

Para responder esta pregunta se hace necesario hacer una mirada hacia el pasado, y ahí veremos que ha sido el individualismo que impera en nuestra sociedad el que ha generado la proliferación de varias gremiales, por ejemplo Corporación de Contadores de El Salvador (en adelante CCES), Instituto Salvadoreño de Contadores Públicos (en adelante ISCP) y la Asociación de Auditores Independientes de El Salvador (AIDES), quienes por regla general actúan en forma individual para mejorar la profesión de contador y auditor, recayendo en los miembros de sus Juntas Directivas tal actitud individualista.

La actitud individual es el resultado de nuestro sistema educativo, en donde se hace más énfasis al individualismo que a lo colectivo, en donde una persona vale por lo que es ella en forma individual, y para llegar a sobresalir hay que pensar en sí y olvidarse de los demás; para el sistema educativo lo colectivo es malo, quizás por la asimilación que se hace de lo colectivo con los sindicatos. En mi opinión los sindicatos no son malos, sino los que pasa es que en algunas ocasiones actúan inapropiadamente algunos miembros de los sindicatos.

Una prueba del individualismo es que el próximo 9 de noviembre de 2012 se llevará a cabo el II congreso de contadores el cual ha sido organizado por el ISCP, sin considerar a las otras gremiales; esto no es nuevo sino que viene de muchos años atrás, ya que como miembro de la CCES por más de 20 años, he percibido que la mayoría de sus Juntas Directivas también han actuado de forma similar, dejándose ver claramente que ha existido una competencia por demostrar quien de las dos gremiales es la mejor, lo cual los ha desviado de sus verdaderos objetivos y ocasiona que cada una de estas gremiales actualmente no tengan más de 600 miembros, por lo que ninguna de ellas puede decir que son el máximo representante del gremio de contadores y auditores.

Hasta donde tengo entendido, los contadores públicos inscritos en el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría (en adelante CVPCPA) rondan los 4,000 y sinceramente desconozco la cantidad de contadores y estudiantes de contaduría pública hay actualmente, sin embargo un número mínimo no sujeto a cuestionamiento no bajaría de 50,000, generándose automáticamente la siguiente pregunta ¿Por qué las gremiales de contadores y auditores no han encantado a contadores y auditores para que se agremien?, al respecto se puede mencionar que una parte se debe a la difícil situación económica que vivimos lo cual que es comprensible, pero en mi opinión el aspecto de más de peso es el individualismo y la exclusión que se da dentro de los gremios de contadores y auditores, lo que tiene a la base un sistema educativo que hace énfasis en el individualismo.

Para revertir un comportamiento individualista y de competencia de más de tres décadas dentro del gremio de contadores y auditores, se requiere tener una visión de futuro y paciencia, siendo uno de los primeros pasos a dar, la eliminación de cualquier clase de cuota de ingreso que cobren estas gremiales, para hacerlas más inclusivas; los estudiantes de contaduría deberían tener una cuota preferencial porque en la mayoría de los casos no cuentan con un empleo permanente; crear bibliotecas especializadas en la contaduría pública y auditoría; y luego deberían analizar su rol en el fortalecimiento de la profesión, lo cual los llevaría a evaluar la posibilidad de bajar los costos de las capacitaciones que imparten para minimizar el enfoque mercantilista que actualmente tienen, ¿Estarán dispuesto a impulsar estos cambios los actuales miembros de las Juntas Directivas de estas gremiales?, bueno eso solo el tiempo lo dirá.

Es importante mencionar que se han dado esfuerzos porque la CCES y el ISCP trabajen unidos, habiendo logrado buenos resultados cuando lo han hecho, pero las ocasiones han sido intermitentes, percibiéndose siempre una rivalidad entre estas gremiales.

Otro aspecto que es importante mencionar es que el repartimiento de los ingresos de las capacitaciones ya no solo se da entre las gremiales, sino que en los últimos años el CVPCPA ha sido otro actor que se ha convertido en competencia de éstas, lo cual en lo personal no lo veo que sea apropiado para una entidad estatal cuyas funciones principales son regular los marcos de referencia de contabilidad que se deben utilizar en nuestro país, así como ejercer el control de los contadores públicos independientes.

Una recomendación que me permito hacer a todo contador y auditor, así como a los que estudian la carrera de contaduría pública es que hagan los esfuerzos por pertenecer a la gremial de su preferencia, ya que es conveniente estar agremiado, porque desde afuera no se pueden impulsar los cambios que demanda y necesita nuestra profesión. Es momento de pensar en forma colectiva y no individual, lo cual no es fácil de lograr, pero tampoco es imposible.