Contador
Público: Mario Ernesto Castillo Guzmán
San
Salvador – El Salvador – Centroamérica
¿Tienen
derecho al pago de prestaciones sociales los pensionados que siguen laborando
en la empresa? R/Si, ellos tienen igual derecho al pago de prestaciones que
hace la empresa a cualquiera de sus
trabajadores, por ejemplo: horas extras, vacaciones, aguinaldos, etc.
Los
pensionados que siguen trabajando tienen derecho a esas prestaciones, ya que ni
la Constitución de la República ni el Código de Trabajo, establecen alguna clasificación
de categoría trabajador, sino que utilizan el término “trabajador” para referirse tanto a los trabajadores activos así como a los que ya se pensionaron.
Es
de aclarar que la cuota patronal del ISSS la paga la AFP, y en cuanto a la
cotización patronal de las AFP, esta deja de hacerse por ministerio de ley
desde el momento que se pensiona el trabajador.
En
boletines pasados informamos que el tratamiento laboral y tributario es similar
para los pensionados, es decir que se consideran como trabajadores permanentes,
y es por esa razón por la cual el pago de los servicios permanentes a
pensionados son sujetos a retención del Impuesto Sobre la Renta en base a las
tablas de retención y no al 10% del Impuesto Sobre la Renta.
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