lunes, 11 de febrero de 2013

PAGO DE PRESTACIONES A PENSIONADOS QUE SIGUEN TRABAJANDO


Contador Público: Mario Ernesto Castillo Guzmán
San Salvador – El Salvador – Centroamérica

¿Tienen derecho al pago de prestaciones sociales los pensionados que siguen laborando en la empresa? R/Si, ellos tienen igual derecho al pago de prestaciones que hace la empresa a cualquiera de sus  trabajadores, por ejemplo: horas extras, vacaciones, aguinaldos, etc.

Los pensionados que siguen trabajando tienen derecho a esas prestaciones, ya que ni la Constitución de la República ni el Código de Trabajo, establecen alguna clasificación de categoría trabajador, sino que utilizan el término “trabajador” para referirse tanto a los trabajadores activos así como a los que ya se pensionaron.


Es de aclarar que la cuota patronal del ISSS la paga la AFP, y en cuanto a la cotización patronal de las AFP, esta deja de hacerse por ministerio de ley desde el momento que se pensiona el trabajador.

En boletines pasados informamos que el tratamiento laboral y tributario es similar para los pensionados, es decir que se consideran como trabajadores permanentes, y es por esa razón por la cual el pago de los servicios permanentes a pensionados son sujetos a retención del Impuesto Sobre la Renta en base a las tablas de retención y no al 10% del Impuesto Sobre la Renta.

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